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“Ya que la interpretación jurídica no es sólo el campo de batalla en el que se

deciden los casos de la práctica jurídica sino también el lugar de los desacuerdos
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más antiguos y violentos en el ámbito de la teoría del derecho” .













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Indica Villoro Toranzo que es la rama de la metodología que tiene por objeto el

investigar una solución jurídica, es decir, una resolución justa ante un problema
concreto surgido de la realidad social e histórica, a través de la búsqueda de

soluciones a situaciones concretas pero mediadas por un contenido de carácter
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valorativo. Como toda disciplina del conocimiento, se requiere de un método, y la
ciencia jurídica no es la excepción, pues para su estudio y conocimiento se

demanda de un método y este es el método jurídico.


Hans Kelsen conceptualiza al método jurídico diciéndonos que: “El método del
derecho es normativo pero no para crear normas sino porque trata de captarlas o

de comprenderlas dirigiéndose a la idealidad, tiene además las características de

ser puramente formal o conceptual. En donde se libere a la ciencia jurídica de
elementos extraños pertenecientes a otras disciplinas, evitando con ello un

sincretismo metódico”.











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Wróblewski Jerzy. Sentido y Hecho en el Derecho. Edit. Fontamara, México 2001, Pág. 105
22
Cfr. Villoro Toranzo Miguel. Op. Cit. Pág. 97
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