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Por tanto, se reafirma la importancia de transitar hacia una manera distinta de
producir nuevos conocimientos, dejando atrás esa investigación tradicional del
derecho y las ciencias sociales, al únicamente reproducir y transcribir contenidos
ya elaborados.
En este contexto, es relevante destacar que una de las misiones de la Universidad
es precisamente la investigación; en voz de Carlos Arellano García:
En el abanico que se abre de posibilidades de actuación del
abogado, un sendero luminoso es el de la investigación, pero al igual
como ocurre con el abogado profesor universitario, el abogado
investigador deberá tener auténtica vocación y no impostar de
manera alguna su personalidad. Su mente deberá ser clara para
ordenar el desarrollo de su estudio y deberá ser clara para que su
pensamiento sea accesible y además aportativo. El gran investigador
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deberá ser nato y además deberá capacitarse.
En suma, la investigación socio-jurídica no es consecuencia de generación
espontánea, es producto de un devenir histórico y de un proceso.
Uno de los elementos para llevar a cabo de manera eficiente un documento de
investigación consiste en ejercitarse en la habilidad de encontrar, evaluar y
seleccionar aquella información más adecuada para cada circunstancia, y después
de ello generar el conocimiento preciso. En este andar, será ineludible -para
facilitar esta labor- hacer uso de las nuevas tecnologías y diferenciar la
información que posea las características necesarias para poder considerarla
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dentro de las fuentes de consulta.
8 ARELLANO García, Carlos, (2003), Manual del abogado, octava edición, México, Porrúa, p. 140.
9 Al respecto, consúltese CABRERA Pantoja, Bárbara Leonor, (2013), “Evaluar información de Internet”, Quaestionis, año 0,
número 6 marzo-abril, pp. 43-44, consultable en http://revistaquaestionis.blogspot.mx/2013/03/internet-y-derecho-evaluar-
informacion_8611.html
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